Boletín Oficial
Actualización de la Tabla de Evaluación de Incapacidades Laborales: Impacto en trabajadores y juicios
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Se modificó el sistema de cálculo de daños por accidentes y enfermedades laborales. La medida busca unificar criterios médicos en todo el país, reducir litigios y garantizar evaluaciones más rápidas y precisas. Entrará en vigencia en 180 días.
El Poder Ejecutivo nacional dispuso una actualización integral de la Tabla de Evaluación de Incapacidades Laborales, herramienta clave para determinar el grado de daño físico o psíquico que sufre un trabajador a raíz de un accidente laboral o enfermedad profesional.
La nueva versión reemplaza a la que estaba vigente desde 1996 y promete más objetividad, rapidez y equidad en el otorgamiento de compensaciones.
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Cambios
Mediante el Decreto 549/2025, publicado este 6 de agosto en el Boletín Oficial, el Gobierno decidió sustituir la tabla aprobada en 1996 por un nuevo baremo que incorpora avances médicos, tecnológicos y científicos en la valoración de incapacidades.
El texto oficial señala que el objetivo es “garantizar la igualdad de trato” para todos los trabajadores afectados y evitar criterios discrecionales en la determinación de indemnizaciones.
El sistema de riesgos del trabajo en Argentina se apoya en esta tabla —conocida como Baremo Laboral— para calcular el grado de incapacidad y, en consecuencia, el monto de las prestaciones económicas. Según la normativa, la medición debe tener en cuenta factores como la edad del trabajador, el tipo de actividad que realiza y sus posibilidades de reubicación laboral.
La actualización fue aprobada por unanimidad en el Comité Consultivo Permanente de la Ley sobre Riesgos del Trabajo, un órgano tripartito que reúne representantes de trabajadores, empleadores y el Estado. Su dictamen es vinculante, por lo que el Poder Ejecutivo debía aplicarlo.

Criterios uniformes y menos litigios
Uno de los puntos centrales de la reforma es reforzar la aplicación obligatoria de la tabla en todos los casos, tal como lo ha establecido la Corte Suprema de Justicia de la Nación en fallos recientes. El máximo tribunal sostuvo que no utilizar el baremo oficial implica apartarse de la ley y genera desigualdades entre los damnificados.
El decreto también busca reducir la litigiosidad, es decir, la cantidad de juicios por accidentes de trabajo o enfermedades profesionales. Según el texto, aplicar criterios uniformes previamente establecidos contribuye a que las prestaciones se otorguen de forma más automática, evitando disputas prolongadas en los tribunales.
Para lograrlo, la norma invita a las provincias a integrar Cuerpos Médicos Forenses especializados en riesgos laborales. Estos equipos estarán conformados por peritos con formación específica y tendrán la misión de realizar evaluaciones objetivas, sin que su remuneración dependa del resultado de la causa, lo que —según el Gobierno— aumenta la imparcialidad.

Qué cambia para trabajadores y empleadores
La nueva tabla comenzará a aplicarse 180 días después de su publicación en el Boletín Oficial, es decir, a partir de febrero de 2026. Desde esa fecha, toda valoración o determinación de incapacidad laboral que no haya sido resuelta —ya sea en instancia administrativa o judicial— deberá hacerse con el nuevo sistema.
Para los trabajadores, el cambio implica que sus casos serán evaluados con criterios actualizados y unificados en todo el país, lo que podría traducirse en resoluciones más rápidas y menos posibilidad de resultados dispares ante situaciones similares.
Para los empleadores y las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART), la reforma puede significar una disminución en los costos derivados de procesos judiciales prolongados y la posibilidad de prever con mayor certeza el monto de las indemnizaciones.
El decreto también faculta a la Superintendencia de Riesgos del Trabajo a dictar normas complementarias, implementar planes de capacitación y difundir los cambios entre los profesionales médicos que integren los cuerpos forenses y oficiales.