Nuevo refuerzo
Bono de hasta $70.000 para jubilados, pensionados y beneficiarios de la PUAM
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El beneficio se pagará en noviembre y alcanzará a quienes perciben haberes a cargo de la Anses.
Con el objetivo de sostener el poder adquisitivo de los jubilados y pensionados, el Gobierno nacional dispuso el pago de un bono extraordinario previsional de hasta 70 mil pesos, que será abonado durante el mes de noviembre de 2025.
La medida fue oficializada este lunes en el Boletín Oficial, mediante el Decreto 771/2025, firmado por el presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete Guillermo Francos y la ministra de Capital Humano, Sandra Pettovello.
El refuerzo económico beneficiará a más de siete millones de personas que perciben haberes previsionales a través de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), incluyendo jubilaciones, pensiones, la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) y pensiones no contributivas por vejez, invalidez o maternidad de siete hijos o más.
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Un alivio
Según lo establecido en el decreto, el bono alcanzará el monto máximo de $70.000 para quienes cobren el haber mínimo jubilatorio. En tanto, los titulares que perciban ingresos superiores a ese valor recibirán un monto variable que les permita alcanzar el tope equivalente al haber mínimo más el bono completo, es decir, una suma total de hasta $70.000 adicionales.
El texto oficial aclara que el beneficio será otorgado por titular y no podrá ser objeto de descuentos ni considerado para otros cálculos o beneficios. Además, en los casos de pensiones con varios copartícipes, el bono se abonará como si se tratara de un único titular.
La Anses será el organismo encargado de liquidar el bono y de dictar las normas complementarias necesarias para su implementación, control y recupero en caso de pagos indebidos. Asimismo, la Jefatura de Gabinete deberá realizar las adecuaciones presupuestarias para asegurar los fondos destinados a este refuerzo.
El Gobierno justificó la medida señalando que busca compensar los efectos negativos que tuvo la fórmula de movilidad jubilatoria establecida por la Ley N° 27.609, vigente entre 2021 y mediados de 2024. Según el decreto, esa fórmula “no contemplaba la variación de los precios y generó un gran desfasaje entre la evolución de las variables económicas y los haberes de los adultos mayores”.
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Una política de sostenimiento
Desde 2024, el Poder Ejecutivo viene otorgando bonos mensuales extraordinarios a los jubilados y pensionados de menores ingresos, como forma de complementar la movilidad previsional. En marzo de ese año, la Casa Rosada modificó el cálculo de actualización de haberes mediante el Decreto 274/2024, que dispuso aumentos mensuales basados en la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) publicado por el Indec.
Con el bono de noviembre, el Gobierno busca “mantener el poder adquisitivo de las prestaciones previsionales”, según el texto oficial. El documento agrega que el otorgamiento del refuerzo “evita que los adultos mayores continúen perdiendo su capacidad de compra” frente a la inflación acumulada.
En los últimos meses, los haberes jubilatorios registraron aumentos automáticos de acuerdo con la evolución del IPC, pero distintos informes de consultoras privadas y defensores de la tercera edad advirtieron que los incrementos no siempre logran empatar la suba de los precios en alimentos, medicamentos y servicios, los rubros que más impactan en el consumo de los jubilados.
Alcance y condiciones
El artículo 2° del decreto detalla que el bono alcanzará a los siguientes grupos:
Personas titulares de prestaciones contributivas previsionales a cargo de la Anses, en virtud de la Ley N° 24.241 y regímenes anteriores o especiales.
Beneficiarios de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM), creada por la Ley N° 27.260.
Titulares de pensiones no contributivas por vejez, invalidez, madres de siete hijos o más y otras pensiones graciables administradas por Anses.
Para acceder al beneficio, los haberes deben encontrarse vigentes en el mes de liquidación. El bono, además, tiene carácter no remunerativo y no será computable para ningún otro concepto, lo que significa que no impactará en futuras actualizaciones ni en el cálculo del medio aguinaldo.

