Por contraer un crédito en forma ilegal
Confirman la condena contra el ex presidente comunal de Chovet
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El juez de Cámara ratificó la sentencia contra Sergio Busquet de 45 días de prisión de ejecución condicional y 90 días de inhabilitación para ejercer cargos públicos.
El juez penal de Cámara, Juan Pablo Lavini Rosset, confirmó la condena contra el ex presidente comunal de Chovet, Sergio Busquet, por el delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público al haber contraído un crédito con un particular sin la autorización legal correspondiente.
La sentencia ratificada impone 45 días de prisión condicional y 90 días de inhabilitación para desempeñar cargos públicos, además de devolver el expediente al tribunal de origen para que fije las reglas de conducta.
Hechos investigados
Busquet fue acusado por haber tomado un préstamo en septiembre de 2019 con un particular por 1.440.200 pesos, representado mediante un pagaré por 122 toneladas de soja a precio pizarra de Rosario, con vencimiento el 10 de diciembre de 2019.
La investigación determinó que el dinero ingresó a las arcas comunales y fue reflejado en los balances. Sin embargo, no contaba con la autorización legal prevista en la Ley Orgánica de Comunas para contraer ese tipo de deuda.
En primera instancia, la jueza Mariana Vidal absolvió a Busquet, pero la sentencia fue apelada por el Ministerio Público de la Acusación y revocada en segunda instancia por el juez Tomás Orso.
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La defensa: argumentos y postura
Los abogados defensores sostuvieron que:
- El préstamo fue contraído a título personal por Busquet, sin comprometer jurídicamente a la Comuna de Chovet.
- La operación se realizó ante una situación de apremio económico, con urgencia para pagar sueldos de jornaleros y la imposibilidad de tramitar un crédito formal siguiendo los procedimientos administrativos.
- Argumentaron que en los libros contables el crédito figuraba como responsabilidad personal del ex presidente comunal.
Posición del fiscal
La fiscal Susana Pepino destacó que:
- Está comprobado que Busquet, en su carácter de presidente comunal, tomó un préstamo para fines públicos.
- El prestamista reconoció que otorgó el crédito “de gauchada”, con cheques atados a cotización de soja que finalmente se hicieron efectivos.
- Subrayó que no se trata de un caso de fraude o malversación, sino de incumplimiento de los deberes de funcionario público, un delito que no exige que exista un perjuicio económico directo, sino que se haya omitido el cumplimiento de obligaciones legales.
La fiscal remarcó que no se solicitó la autorización provincial, ni se dictó una ordenanza comunal o una convocatoria extraordinaria de la Comisión para habilitar el préstamo.
Decisión final del tribunal
En la audiencia de apelación, celebrada de modo virtual el 19 de noviembre de 2025, el juez Juan Pablo Lavini Rosset coincidió con lo resuelto en segunda instancia:
- Ratificó la condena por incumplimiento de los deberes de funcionario público.
- Confirmó la pena de 45 días de prisión en suspensión y la inhabilitación especial por 90 días.
- Señaló que no estuvo acreditado el alegado estado de necesidad ni la urgencia invocada por la defensa para justificar la conducta.
Sin embargo, el tribunal advirtió que en la sentencia de la Cámara de Apelaciones se omitió fijar las reglas de conducta, por lo que ordenó que el expediente regrese al tribunal de origen para que, tras oír a las partes, establezca dichas reglas de observancia y control.

