Regulación sanitaria
Cosméticos y artículos de higiene podrán importarse sin autorización de ANMAT

La medida, que fue publicada en el Boletín Oficial y ya rige oficialmente, apunta a desburocratizar procesos y trasladar la responsabilidad al usuario final.
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) anunció que dejará de intervenir en la importación de ciertos productos de uso personal, incluyendo cosméticos y artículos de higiene, como parte de una estrategia para simplificar procesos y aumentar la eficiencia en la gestión pública.

Productos
Según la disposición 3562/2025, publicada en el Boletín Oficial el 28 de mayo de 2025, los productos que ya no requerirán la intervención de la ANMAT para su importación incluyen:
- Cosméticos
- Productos domisanitarios de venta libre, que son preparaciones destinadas a la limpieza, lavado, perfumación, desodorización, higienización, desinfección o desinfestación en el hogar.
- Productos de higiene oral de uso odontológico
- Productos higiénicos descartables de uso externo
- Elementos descartables y reutilizables de uso intravaginal
Entre los artículos específicos mencionados se encuentran pastas dentales, enjuagues bucales, pañales descartables para bebés y adultos, toallitas femeninas, protectores diarios, absorbentes de leche materna, tampones y copas menstruales.
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Objetivos y contexto de la medida
Esta decisión se enmarca en una serie de acciones orientadas a desregular y simplificar los procedimientos administrativos relacionados con la importación de productos de salud.
A principios de mayo, la ANMAT había eliminado los controles para la importación de ciertos productos médicos de uso directo por parte de los pacientes, sin necesidad de prescripción profesional, mediante la normativa N° 2857/2025.
La medida busca equilibrar la libertad del usuario con una operación más dinámica, respondiendo a los cambios impulsados por la administración actual en materia de desregulación de mecanismos.

Responsabilidad del usuario
La ANMAT aclaró que, a partir de esta flexibilización, la importación y utilización de los productos mencionados quedarán bajo la exclusiva responsabilidad del usuario final. Esto implica que las personas que importen estos artículos asumirán los riesgos y consecuencias que puedan surgir a raíz de su adquisición y uso.
Además, se establece que está prohibida la comercialización y/o utilización con fines de lucro y/o distribución gratuita de estos productos.
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Cambios recientes en regulaciones
Esta disposición se suma a otras medidas recientes adoptadas por la ANMAT para desregular procedimientos. En abril, mediante la Disposición 2565/2025, se modificó la fecha de vencimiento que regía sobre productos específicos, reduciendo el lapso mínimo de un año desde su ingreso a seis meses.
La desregulación de la importación de cosméticos y productos de higiene personal por parte de la ANMAT representa un cambio significativo en la política sanitaria del país, orientado a simplificar procesos y aumentar la eficiencia en la gestión pública. Sin embargo, también plantea desafíos en términos de responsabilidad del usuario y control de calidad de los productos importados.