Dos años sin conducir para el motociclista que chocó mientras hacía “willy” en Venado Tuerto
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El siniestro ocurrió en junio, en Lisandro de la Torre y Alvear.
El motociclista D. G. L., imputado por protagonizar un siniestro mientras circulaba sobre una sola rueda en Venado Tuerto, deberá permanecer dos años sin conducir vehículos automotores. La medida fue dispuesta en el marco de una suspensión del juicio a prueba, concedida por el juez penal Adrián Fabio Godoy durante una audiencia realizada el 23 de octubre.
La resolución establece la entrega de su licencia de conducir y la notificación a la autoridad competente, además del cumplimiento de distintas obligaciones durante el mismo período.
El choque que quedó registrado en imágenes
El episodio ocurrió el 3 de junio de 2026, alrededor de las 13.10, cuando el imputado conducía una Honda Tornado de 250 centímetros cúbicos por calle Lisandro de la Torre.
Según la imputación, realizaba una maniobra conocida como “willy”, que consiste en circular sobre una sola rueda, poniendo en peligro la integridad física de terceros. En esas circunstancias, perdió el control de la motocicleta y chocó contra una Ford Ranger en la intersección con Alvear.
La difusión de las imágenes del siniestro generó repercusión en la ciudad. El intendente Leonel Chiarella cuestionó públicamente la peligrosidad de estas conductas y solicitó la inhabilitación del motociclista.
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La intervención de la Fiscalía
La investigación se desarrolló bajo la coordinación de Mayra Vuletic, fiscal coordinadora del Ministerio Público de la Acusación (MPA). Por su parte, Facundo Peña, responsable de la Unidad de Salidas Alternativas, llevó adelante las diligencias para avanzar en la resolución del conflicto penal.
En la audiencia, Godoy concedió la suspensión del juicio a prueba por dos años y estableció la prohibición de conducir todo tipo de vehículos automotores durante ese plazo.
Las obligaciones que deberá cumplir
Además de entregar su licencia, el imputado deberá realizar un curso de Reeducación Vial dictado por el MPA, cumplir controles periódicos y mantener buena conducta. También tendrá que regularizar su situación ante el Tribunal Municipal de Faltas.
La suspensión del juicio a prueba no constituye una condena. Su continuidad queda sujeta al cumplimiento de las condiciones impuestas por la Justicia.

