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Efecto San Cristóbal: Santa Fe impulsa nuevas medidas de seguridad en escuelas
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El borrador del proyecto prevé la declaración de "Alerta de Riesgo Crítico Emergente".-Ello confiere potestades especiales a la policía que podrá requisar los ámbitos escolares y las pertenencias de los presentes. Se permite el ciberpatrullaje y la "infiltración de agentes digitales encubiertos".
El Poder Ejecutivo trabaja en un proyecto de ley para establecer un nuevo marco normativo que permita intervenir en los ámbitos escolares cuando se generen situaciones de amenazas o intimidaciones. El punto de partida fue lo sucedido en San Cristóbal y sus derivaciones; cientos de mensajes escritos en las paredes de establecimientos escolares de todo el territorio provincial advirtiendo sobres supuestas "matanzas" o hechos violentos.
El miércoles, los ministros de Seguridad, Pablo Coccocioni; y de Gobierno, Fabián Bastía, se reunieron con un grupo de diputados y senadores oficialistas para interiorizarlos acerca de un anteproyecto de ley que establece protocolos y pautas a seguir en casos como los planteados. En términos generales y según el borrador al que accedió El Litoral, la iniciativa confiere más potestades a la Policía, prevé el monitoreo de redes sociales y establece que los padres deberán pagar los costos de los operativos generados por conductas de sus hijos.
El articulado
En su primer artículo, el proyecto faculta al Poder Ejecutivo a declarar "Alerta de Riesgo Crítico Emergente, cuando exista un riesgo grave, actual o inminente, susceptible de afectar la vida, la integridad física o psíquica, o la seguridad de personas en ámbitos escolares o en entornos de socialización juvenil vinculados". Ello será detectable a partir de "fenómenos de propagación o contagio social consistentes en conductas, prácticas o consignas que, por su modalidad de difusión, reiteración o replicabilidad, evidencien capacidad de expansión rápida entre personas o grupos, con aptitud para generar daños relevantes. También, a partir de "dinámicas de captación, inducción o influencia en entornos digitales o híbridos, que presenten patrones de validación, refuerzo o promoción de conductas riesgosas, especialmente cuando involucren a niñas, niños o adolescentes". O cuando se detecten "amenazas, manifestaciones o comunicaciones con potencial de escalamiento, que, aun sin configurar delito consumado, resulten objetivamente idóneas para generar temor fundado o anticipar la posible concreción de hechos de violencia". Del igual modo serán consideradas la "circulación, difusión o amplificación de contenidos digitales riesgosos, que por su naturaleza, contexto o modalidad resulten aptos para promover, facilitar, legitimar o replicar conductas lesivas", entre otros puntos.
En el marco de la Alerta de Riesgo Crítico Emergente, el Ministerio de Justicia y Seguridad tendrá las facultades de "requerir informes a las demás áreas del Poder Ejecutivo y convocar a dispositivos interministeriales, asumir la gestión integral de la declaración de alerta, instruir a los organismos policiales y de inteligencia para elaborar perfiles y patrones de riesgo, llevar registros de actividades sospechosas y personas de interés, monitorear redes y entornos digitales, e implementar acciones de ciberpatrullaje e infiltración de agentes digitales encubiertos". También podrá "requerir a los gestores de redes o plataformas digitales la preservación de materiales, el bloqueo de cuentas o usuarios y la limitación de contenidos riesgosos".
La policía
A la policía se le confieren facultades especiales como "ingresar, recorrer e inspeccionar los establecimientos o ámbitos abarcados por la declaración, pudiendo asegurar los accesos, establecer perímetros o limitar la circulación de personas en horarios o lugares crítico". También, "disponer evacuaciones o confinamientos preventivos ante situaciones de emergencia, practicar requisas de personas y de pertenencias, pudiendo proceder al registro integral de los lugares afectados; proceder a la identificación y resguardo de personas hasta por doce horas, dándose intervención en su caso a los organismos competentes en materia de Niñez; secuestrar dispositivos electrónicos y acceder a su contenido en forma inmediata, pudiendo procederse al desbloqueo biométrico aplicando la fuerza mínima e indispensable, con noticia y remisión posterior a la Fiscalía a sus efectos".
La Fiscalía, de oficio o a requerimiento del Ministerio de Justicia, podrá ordenar preventivamente el bloqueo o la limitación de contenidos digitales riesgosos, pudiendo aplicar en forma directa sanciones a la entidad renuente, sin perjuicio de las responsabilidades civiles, penales y administrativas que pudieran tener lugar".
Docentes y padres
El proyecto también prevé que "el personal de los establecimientos educativos y de otros ámbitos de socialización juvenil, ya sean públicos o privados, tiene el deber de reportar a la autoridad policial o a los sistemas de emergencia cualquier situación que pudiera resultar sospechosa tales como amenazas, presencia de armas, desafíos virales u otros contenidos peligrosos que llegaran a su conocimiento, independientemente de que dichos fenómenos pudieran o no constituir delito y del grado de avance o de consumación de las posibles conductas implicadas".
Finalmente, se pretende establecer una "responsabilidad parental". En tal sentido, "cuando los hechos que dieran lugar a la Alerta de Riesgo Crítico Emergente fueran ocasionados por niñas, niños o adolescentes, el Estado demandará a los responsables legales el resarcimiento de todos los costos operativos a los que hubiera dado lugar". Asimismo, "cuando se verifique incumplimiento grave o reiterado de los deberes de cuidado, supervisión o acompañamiento de niñas, niños o adolescentes, la autoridad competente podrá disponer medidas administrativas de carácter conminatorio", que van desde apercibimientos o multas, hasta la prohibición de acceso a espectáculos deportivos y otros eventos masivos.

