¿La modernización es sólo para grandes firmas?
El 90% del empleo informal se genera en las pequeñas y medianas empresas
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Las pymes advierten que sin un "puente" que les permita modelar los salarios de convenio, más empresas estarían "empujadas" a la clandestinidad con la nueva normativa del trabajo.
Mientras el país espera verificar qué cambia -si lo hace- en el escenario laboral con la reciente ley de "modernización", un informe de IDESA advierte que las microempresas de menos de 10 empleados concentran el 76% de la informalidad, atrapadas entre su baja productividad y convenios colectivos con pisos salariales inalcanzables.
La reforma laboral se sancionó en tiempo récord este verano, con la promesa de un cambio de paradigma. Según el centro de estudios que dirige Jorge Colina, la realidad del mercado de trabajo en Argentina arroja un dato contundente: la modernización legal, tal como está planteada, beneficia principalmente a las grandes estructuras, dejando a la intemperie el núcleo donde se genera la mayor parte del empleo no registrado.
El planteo está basado en datos del INDEC al tercer trimestre de 2025: el 90% de la informalidad laboral en el sector asalariado privado se concentra en empresas de menos de 40 trabajadores. El fenómeno es quirúrgico: las firmas con más de 40 empleados apenas tienen una participación marginal en el incumplimiento de las normas.
Radiografía de la precariedad
El desglose de las cifras oficiales que hace el informe sugiere una necesidad: advertir que las leyes de carácter general suelen fallar en el territorio de las pymes:
Microempresas (menos de 10 trabajadores): concentran el 76% del empleo asalariado privado no registrado.
Pequeñas empresas (entre 10 y 40 trabajadores): generan un 14% adicional de informalidad.
Medianas y grandes empresas (más de 40 trabajadores): solo aglutinan el 10% restante.
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El "muro" del millón de pesos
En la mirada de los autores del informe, el principal obstáculo no es solo la burocracia, sino una brecha insalvable de productividad. Mientras que los convenios colectivos de las principales actividades fijan hoy salarios brutos iniciales superiores a $1.000.000 mensuales, la realidad de una microempresa es muy distinta.
En los establecimientos de menos de 10 empleados, la remuneración promedio de un trabajador informal ronda apenas los $550.000, mientras que en las empresas de hasta 40 empleados escala a los $800.000. Pedirle a un comercio de barrio o a un pequeño taller que salte de ese nivel a un salario de convenio, sumando además las contribuciones patronales, es, en la práctica, empujarlos al cierre o a la clandestinidad según especulan los autores del informe.
Formalización real
Desde IDESA sostienen que si los organismos de control (como ARCA) aplicaran una fiscalización inflexible sin cambios normativos de fondo. Y el resultado no sería el blanqueo, sino un aumento explosivo del desempleo y el cuentapropismo de subsistencia.
Para "achicar la brecha", el informe recomienda de manera urgente, eximir a las empresas de menos de 10 trabajadores de la obligación de aplicar el convenio colectivo de la actividad, permitiendo acuerdos más flexibles. Y además establecer un mínimo no imponible sobre la masa salarial para las contribuciones patronales, aliviando el costo fiscal del empleo registrado sin quebrar el equilibrio de las cuentas públicas.
Para los analistas de IDESA, la ley aprobada es un "hito histórico" que aporta seguridad jurídica y ordena la acción sindical, pero la modernización no es un acto único, sino un proceso continuo. El próximo paso legislativo debe ser, a criterio de los autores, crear un puente real para que las micropymes dejen de ver a la formalidad como una sentencia de muerte financiera y empiecen a verla como el motor de su propio crecimiento.
Recategorización
Tras la polémica por la recategorización de oficio de monotributistas, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) habilitó una opción para manifestar disconformidad, que derivará en una nueva fiscalización. Esta función fue incluida en el link correspondiente al monotributo y cada contribuyente puede ejercerla hasta el 16 de marzo inclusive. De esta forma queda sin efecto el plazo de 15 días desde la notificación para presentar el descargo. La función reemplaza al descargo y luego será ARCA mediante una nueva fiscalización la que decidirá la situación tributaria.

