El proyecto de reforma electoral nacional prevé menos partidos y más adherentes
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El politólogo Facundo Cruz explica el impacto de los cambios en las fuerzas distritales y las nacionales. El efecto sobre los niveles de representación y los partidos “cáscara”.
Si se consulta la página oficial de la Cámara Nacional Electoral, se observa que al 30 de junio, la cantidad de partidos políticos por distrito reconocidos sumaban 703 (en Santa Fe, son 45) y los nacionales, 44.
Ese es uno de los puntos en los que se concentra la Reforma Electoral Nacional que impulsa el gobierno de Javier Milei (bajo la consigna de “terminar con los sellos de goma”), junto a otros aspectos sujetos a negociación, como la eliminación de las PASO, y más controvertidos, como el sistema de financiamiento de los partidos políticos.
Es un nuevo intento de reforma: el primero ingresó con la Ley de Bases, pero fue uno de los capítulos que no prosperó en el Congreso, el segundo volvió al Poder Legislativo en diciembre de 2024 y el tercero logró la sanción de la Boleta Única Papel (BUP) que ya tenía debate previo.
En la reforma actual cada capítulo incorporado en los 78 artículos del proyecto oficial, que está en manos del Senado pero aún sin dictamen, merece un análisis en particular. El del número de partidos habilitados para competir también.
El nacimiento de un partido
Pero, ¿cómo se constituye un partido político?
“La creación de un partido político implica el cumplimiento de una serie de procedimientos ante el Juzgado Federal con competencia electoral del distrito en el que se pretenda actuar. Al respecto, se define la existencia de dos instancias en el proceso de creación que marcarán dos momentos en el
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reconocimiento de la personería jurídico-política”, dice la norma electoral.
La instancia más importante establece la afiliación de un número de electores no inferior al cuatro por mil (4‰) del total de los inscriptos en el registro de electores del distrito correspondiente, hasta el máximo de un millón.
Ahora, ¿cómo se constituye un partido político nacional? Los partidos reconocidos en cinco o más distritos con el mismo nombre, declaración de principios, programa o bases de acción política, carta orgánica, pueden solicitar su reconocimiento como partidos de orden nacional ante el juzgado federal con competencia electoral e inscribirse en el registro correspondiente.
¿Qué plantea la reforma que impulsa el presidente Javier Milei? Que para obtener la personería jurídico-política en un distrito, se deberán reunir afiliaciones equivalentes al 0,5% del padrón del distrito, con tope de 2.000.000 de inscriptos, además de 50 electores fundadores por distrito, entre otros requisitos. Para no caducar, deben hacer elecciones internas cada 4 años y presentarse a elecciones nacionales. Si en 2 elecciones consecutivas no se presentan, caduca.
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Para constituirse como partido nacional, se debe tener personería en al menos 10 distritos (el doble del requisito actual) y afiliados equivalentes al 0,1% del padrón nacional.
¿Partidos o “cáscaras”?
En síntesis, el proyecto sube de 5 a 10 los distritos necesarios para ser nacional, sube el piso de afiliados y votos para distrito, y agrega controles para evitar partidos sin actividad real o lo que Facundo Cruz llama “cáscaras”.
Cruz disertó en el marco del Curso Intensivo sobre Reformas Electorales a nivel nacional y subnacional. Debates necesarios", que organizó la Universidad Nacional de Rosario.
El politólogo y analista del Centro de Investigación para la Calidad Democrática (CICAD) y coordinador de Pulsar, abordó el “Impacto de la reforma electoral nacional en el régimen de los partidos. Listas, partidos y cáscaras. Lo que está bien de la tercera reforma electoral de J. Milei”.
En ese contexto y en un interesante hilo de X, explicó que desde cierta perspectiva, el proyecto tiene impacto positivo en la modificación del régimen jurídico de los partidos políticos, sobre todo en las cláusulas para que los éstos tengan reconocimiento.
Como se dijo, “el régimen actual diferencia entre partidos de distrito y partidos nacionales: los primeros son los que pueden presentar candidaturas a cargos legislativos nacionales (diputados y senadores). Los segundos son los que pueden hacerlo para presidente y vice”.
Hasta ahora, tienen reconocimiento jurídico de distrito aquellos que logran avales partidarios equivalentes al 0,4% del padrón de cada provincia (tope máximo de 1.000.000 de electores). El reconocimiento nacional llega cuando este requisito se alcanza en, al menos, 5 distritos.
Como ya se explicó, la reforma impulsada por el oficialismo de LLA propone que, a partir de ahora, el reconocimiento distrital se alcanza con el 0,5% del padrón (tope máximo de 2.000.000 de electores) y el nacional con 10 provincias.
“Acá, entonces, se abren tres carriles sobre los posibles efectos de este cambio propuesto, expuso Cruz.
El primero consiste en aplicar las nuevas reglas de reconocimiento para los partidos nacionales: “Estos serían los sobrevivientes de las nuevas reglas, si tomamos en cuenta solamente el cambio para este nivel del sistema, quedarían 19 de los 45 vigentes (42%)”.
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“Acá estarían todos los que no podrían, a partir de la aprobación y aplicación posterior de la reforma, presentar candidaturas a presidente y vice. Del listado actual, caerían los integrantes del FIT, el espacio de Schiaretti, la estructura de Juan Grabois, el que armó Margarita Stolbizer, y otros históricos como el PI, PDP, UCEDé y PD”.
El partido de Alberto Fernández y el de Miguel Ángel Pichetto ya estarían afuera con la normativa vigente.
El segundo carril consiste en aplicar las nuevas reglas a los partidos de distrito. “En total perderían la personería 193 partidos sobre los más de 700 con reconocimiento actual (27%). El grueso se concentraría en provincia de Buenos Aires, Chubut y Santa Fe, que tiene 44 partidos de distrito: si se aplica la reforma, 4 cumplirían los requisitos y 18 perderían reconocimiento”.
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El tercer carril implica que para obtener el reconocimiento de partido nacional “tendríamos que aplicar, primero, el criterio de distrito y después ver cuántos partidos nacionales quedarían en pie a partir de la cantidad de provincias donde se mantendrían con vida”.
Si se opta por este criterio, solo tres espacios políticos podrían competir por la presidencia y vicepresidencia: PJ, UCR y PRO. La Libertad Avanza, por ejemplo, perdería reconocimiento en 20 provincias.
¿Esto quiere decir que todos van a desaparecer y nos vamos a quedar sin representación partidaria? “No necesariamente”, explica Cruz. Primero, la reforma política-electoral de LLA tiene que discutirse, aprobarse y aplicarse siguiendo criterios sensatos de acá a 2027 (o más adelante).
Y segundo, “todos los que quieran sobrevivir tienen que salir a buscar más avales que los que hoy tienen”. Esta tarea, por lo que indica el proyecto propuesto, sería digital a partir de ahora.
En definitiva, se trata de “abrir las estructuras, salir a juntar voluntades y volver a enamorar (al electorado que en cada comicio recorta su participación en las urnas). Para ver si no son cáscaras vacías”.
