Boletín Oficial
Eliminan la Comisión Nacional de Alimentos y reasignan funciones a Salud y Economía
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A través del Decreto 538/2025 trasladó las responsabilidades a la ANMAT y SENASA.
El gobierno nacional decidió eliminar la Comisión Nacional de Alimentos, trasladando sus responsabilidades a otras áreas del estado.
A partir de ahora, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) y el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) asumirán roles más directos en la actualización y control de normas alimentarias.
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La modificación se da mediante la publicación del Decreto 538/2025, el cual fue publicado este martes en el Boletín Oficial de Nación y modifica a su vez el Decreto N° 815/1999.
El documento con fecha de este 5 de agosto de 2025 cuenta con las firmas del presidente de la Nación, Javier Milei; el jefe de Gabinete de ministros, Guillermo Francos; el ministro de Economía, Luis Caputo; y el ministro de Salud, Mario Lugones.

Desde Nación argumentan que la eliminación del área presente desde 1999 “optimiza la gestión administrativa y mejora la eficiencia en la fiscalización de alimentos, impactando en la seguridad alimentaria y la salud pública. La derogación de artículos específicos del decreto anterior simplifica procesos y elimina redundancias, afectando a productores, distribuidores y consumidores en el ámbito alimentario”.

El decreto detalla respecto a los procedimientos “El Sistema Nacional de Control de Alimentos utilizará la Base Única de Datos a cargo de la ANMAT como sistema informatizado exclusivo con el fin de permitir el acceso al mismo a todos los integrantes del Sistema”.
Además, agrega sobre la Base Única de Datos: “Tendrá la capacidad suficiente como para incorporar los datos correspondientes a establecimientos, productos, normativa, laboratorios, inspecciones, infracciones, sanciones, habilitaciones, autoridades provinciales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y otras actividades del Sistema”.
“En el marco del procedimiento de actualización del Código Alimentario Argentino (CAA), las autoridades intervinientes podrán solicitar asesoramiento de expertos, a los efectos del mejor cumplimiento de las funciones asignadas por el presente decreto. En tal caso, los expertos tendrán un plazo máximo de QUINCE (15) días hábiles administrativos para presentar sus informes desde el acto de designación”, explica el texto oficial.