Modificaciones
Gobierno reforma el Código Aeronáutico para modernizar y desregular el sector

Los documentos figuran en el Boletín Oficial de este miércoles. Hay nueva conexión con España, intervención de Defensa en la flota presidencial y nuevo Código Aeronáutico.
Este miércoles figuran en el Boletín Oficial tres documentos que aplican cambios en diferentes áreas de la aviación argentina, tanto comercial como estatal.
Nueva aerolínea
El primero de ellos es la Disposición 14/2025, con firma de Hernán Adrián Gómez, subsecretario de Transporte Aéreo, en el cual se habilita a una nueva aerolínea a realizar la conexión entre Barcelona, España, y Buenos Aires.
Se trata de la empresa de bandera española Fly Level Barcelona LH, S.L., habilitada a “explotar servicios regulares de transporte aéreo de pasajeros y cargas” en dicha ruta.
Puede interesarte
Código Aeronáutico
La segunda tiene que ver también con lo comercial, pero con una modificación más profunda en la reglamentación del Código Aeronáutico.
El decreto 378/2025, firmado por Javier Milei, el jefe de Gabinete Guillermo Francos y el ministro de Economía Luis Andrés Caputo, entrará en vigencia a los treinta días de su publicación.
Entre una serie de puntos, el reglamento determina que los pilotos de vuelos regulares no podrán superar las 1.000 horas de vuelo por año calendario ni las 120 horas por mes calendario.

Además, ningún explotador podrá programar ni ningún miembro de la tripulación aceptar asignaciones que excedan los límites establecidos: con tripulación mínima, los tiempos máximos varían según un cuadro específico; con tres pilotos, el máximo es de 13 horas de vuelo; y con cuatro pilotos, 17 horas. En casos de tripulación aumentada y con instalaciones de descanso adecuadas, estos límites pueden extenderse hasta 17 horas (tres pilotos) o 19 horas (cuatro pilotos).
El descanso mínimo para los tripulantes de vuelo será igual a la duración del servicio inmediato anterior, pero nunca inferior a 10 horas consecutivas. Además, cada 168 horas consecutivas, los tripulantes deberán contar con al menos 30 horas de descanso, y anualmente tendrán derecho a 15 días consecutivos de vacaciones.
Protección de Petri a Milei
Mediante el decreto 377/2025, se transfiere desde la Secretaría General de la presidencia de la Nación al Ministerio de Defensa el control de la flota aérea presidencial.
La cartera a cargo de Luis Petri deberá “monitorear y dar seguimiento a las actividades de planificación, coordinación y ejecución relacionadas con los traslados terrestres y con los traslados aéreos del Presidente de la Nación y los que le encomiende expresamente la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN para los integrantes del PODER EJECUTIVO NACIONAL en las sedes de Casa Rosada, Residencia Presidencial de Olivos y Residencia Presidencial de Chapadmalal, dentro y fuera del territorio nacional”.

Entre otros puntos, se remarca que deberá continuar con el informe de actividades vinculadas al mantenimiento y funcionamiento hacia la Secretaría a cargo de Karina Milei.
Las aeronaves de la flota
Helicópteros:
- ARG-10: Sikorsky S-70 A BlackHawk.
- ARG-11: Sikorsky S-76B.
- ARG-12: Sikorsky S-76B.
Aviones:
- ARG-01: Boeing 757-256.
- ARG-02: Boeing 737-500.