Anmat
Inseguridad alimentaria: detectan irregularidades en aceites y azúcar

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la elaboración, fraccionamiento y comercialización de cuatro productos alimenticios ilegales que circulaban con etiquetas engañosas y sin autorización.
Anmat detectó productos que se ofrecían como legítimos pero que presentaban irregularidades graves en su etiquetado y origen, lo que derivó en su inmediata prohibición en todo el país. La medida abarca tanto a comercios físicos como a plataformas de venta en línea.
Qué productos fueron prohibidos y por qué
Uno de los productos retirados del mercado es el “Aceite de Oliva Extra Virgen - FUERTE, marca Los Ayllos”, que se ofrecía como elaborado en Villa de las Rosas, Córdoba. Sin embargo, una investigación del Instituto Nacional de Alimentos (INAL) reveló que el Registro Nacional de Producto Alimenticio (RNPA) y el Registro Nacional de Establecimiento (RNE) que figuraban en el rótulo pertenecían a otros elaboradores. Además, la razón social “Los Ayllos” directamente no existe.

Tampoco existía ninguna planta elaboradora en la dirección declarada. Por estas razones, la Anmat dispuso mediante la Disposición 5093/2025 la prohibición total del producto, en todas sus presentaciones, lotes y fechas de vencimiento.
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También fue prohibido un azúcar rotulado como “Azúcar común tipo A, marca Dulzura”, con origen en la provincia de Tucumán. El etiquetado afirmaba que contaba con los registros RNE N° 23001241 y RNPA N° 23039151, pero el primero es inexistente y el segundo pertenece a otro elaborador, según la Dirección de Bromatología de Tucumán.
En este caso, la Disposición 5094/2025 prohíbe no sólo este producto en particular, sino también cualquier otro que utilice el RNE N° 23001241 en su rótulo, por considerarse un número falsamente utilizado

Aceites truchos
Otra disposición alcanza al aceite de oliva “Olivares del Rey”, en su versión Extra Virgen de 2 litros, que indicaba ser fraccionado en Cruz del Eje, Córdoba, por la firma Agropecuaria Paso Viejo. El problema fue doble: tanto el RNE como el RNPA indicados en la etiqueta eran inválidos. Uno directamente no existe y el otro pertenece a otro producto.
A raíz de ello, la Anmat emitió la Disposición 5095/2025, donde se declara ilegal y se prohíbe la circulación de este producto, también en todas sus formas, y se extiende la medida a cualquier otro alimento que utilice el registro RNE N° 02-516459

El cuarto caso involucra al producto “Aceite de oliva extra virgen Clásico, marca Valle de Tunuyán”, en envases de 2 y 5 litros. La denuncia fue realizada por la empresa Almazara S.A., quien detectó que su número de RNE (18000937) estaba siendo usado sin autorización. A esto se sumó que el número de RNPA exhibido en el rótulo directamente no existe.
El organismo, a través de la Disposición 5096/2025, también resolvió prohibir este aceite y todo producto que exhiba en su rótulo el número de RNPA 18010363

Alimentos ilegales
La comercialización de productos sin los debidos registros implica que no se puede garantizar su trazabilidad ni las condiciones higiénico-sanitarias con las que fueron elaborados. Eso significa que no hay garantías sobre la seguridad del alimento que llega al consumidor.
Desde la Anmat señalaron que este tipo de alimentos “no pueden ser identificados de forma fehaciente y clara como producidos, elaborados y/o fraccionados en un establecimiento determinado”. Por lo tanto, no pueden venderse en ninguna parte del país ni a través de plataformas digitales.