Derecho a la vida
Juez autorizó la cirugía para un bebé pese a la negativa de sus padres Testigos de Jehová
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En Neuquén, un magistrado ordenó realizar una intervención quirúrgica vital a un recién nacido con obstrucción intestinal.
En Neuquén, un recién nacido de un día de vida fue trasladado de urgencia desde San Martín de los Andes hacia el Hospital Castro Rendón, afectado por una obstrucción intestinal que ponía en serio riesgo su vida.
Los especialistas consideraron indispensable una cirugía urgente —intervención que según los protocolos tenía “alta probabilidad de requerir una transfusión de sangre” para estabilizar al bebé.
Sin embargo, los padres del recién nacido, miembros de la confesión Testigos de Jehová, expresaron su rechazo rotundo a cualquier eventual transfusión de sangre, amparados en sus creencias religiosas.
Frente a esa negativa, el equipo médico y la Defensoría de los Derechos del Niño y el Adolescente de la IV Circunscripción recurrieron a la Justicia, solicitando una medida urgente para proteger la salud del menor.
Decisión judicial
El juez de Familia, Luciano Zani, resolvió autorizar la intervención quirúrgica a pesar de la oposición de los padres, fundamentando su fallo en el principio constitucional de “protección integral de la niñez” y en el concepto de “interés superior del niño”.
Zani consideró que la potestad parental —aunque reconocida— no es absoluta cuando una decisión de los progenitores pone en riesgo grave e inminente la vida o salud del menor.
Ante la evidencia médica de que la falta de la operación implicaba un peligro cierto y grave, dictó la medida autosatisfactiva que habilitó a los médicos del hospital Castro Rendón a intervenir sin necesidad de consentimiento parental.
En su fallo, el juez sostuvo que “el derecho a la autodeterminación de los padres y la libertad para ejercer sus derechos sin injerencias estatales encuentra su límite en los derechos del niño”. Añadió que en el caso concreto, esas libertades no podían prevalecer sobre la integridad física y la vida del recién nacido.
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Entre libertad de culto y el derecho a la vida
Este episodio reaviva un debate que ya tuvo instancias similares en distintas provincias argentinas: ¿hasta dónde debe permitirse que las creencias religiosas de los padres determinen decisiones médicas de sus hijos menores?
La negativa de integrantes de los Testigos de Jehová a recibir transfusiones de sangre no es nueva. Diversos casos en hospitales del país —generalmente con recién nacidos o prematuros— derivaron en intervenciones judiciales cuando hubo riesgo de vida. En 2017, por ejemplo, un prematuro de Mendoza fue transfundido sin autorización parental ante su delicado estado de salud.
En este nuevo fallo, la Justicia vuelve a consolidar la noción de que la libertad religiosa —o de culto— tiene límites cuando se contrapone al derecho a la vida y a la salud de los menores.
Los expertos en derechos del niño advierten que la responsabilidad parental incluye un deber de cuidado —no un poder absoluto—, y que en situaciones extremas la intervención estatal está justificada.
La medida tomada en Neuquén pone en evidencia la tensión entre derechos constitucionales: la libertad religiosa por un lado, y el derecho a la vida e integridad de los menores por otro.
En su fallo, el juez dio prioridad al interés superior del niño sobre la potestad parental, revalidando precedentes donde se priorizó la salud sobre creencias.

