Deja la cárcel de Ezeiza
Julio De Vido obtuvo la prisión domiciliaria por su delicado estado de salud
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La Cámara Federal de Casación Penal revocó el rechazo del TOF 4 y concedió el arresto domiciliario al exministro tras evaluar riesgos cardíacos y falencias médicas en Ezeiza.
La Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal resolvió este lunes concederle la prisión domiciliaria a Julio De Vido al considerar que el Servicio Penitenciario Federal no logró garantizar adecuadamente la atención médica que requiere el exministro.
El fallo fue firmado por los jueces Carlos Mahiques, Mariano Borinsky y Guillermo Yacobucci, quienes hicieron lugar al recurso presentado por la defensa encabezada por Maximiliano Rusconi.
Revocaron el rechazo del Tribunal Oral
La decisión dejó sin efecto la resolución previa del Tribunal Oral Federal N°4, que había rechazado el pedido de arresto domiciliario formulado por la defensa de De Vido.
El exministro de Planificación Federal, de 76 años, cumple una condena de cuatro años de prisión por administración fraudulenta y permanecía detenido en la Unidad 19 del penal de Ezeiza.
Según el expediente judicial, De Vido padece enfermedad cardiovascular arteriosclerótica difusa, diabetes tipo 2 insulinorequirente, fibrilación auricular persistente e hipertensión arterial, además de antecedentes de accidente cerebrovascular.
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El episodio cardíaco que aceleró la decisión
Uno de los puntos centrales del fallo fue el cuadro cardíaco sufrido por el exfuncionario el pasado 1° de abril.
La resolución recordó que De Vido debió ser trasladado de urgencia primero al Hospital Eurnekian y luego al Sanatorio Trinidad de Palermo, donde se le practicó una angioplastia con colocación de un stent.
Los camaristas valoraron especialmente informes del Cuerpo Médico Forense que advertían sobre la necesidad de contar con guardia médica permanente, controles cardiológicos y capacidad de derivación inmediata ante emergencias.
Las críticas al sistema penitenciario
El juez Carlos Mahiques sostuvo en su voto que la Unidad 19 no cuenta con guardia médica las 24 horas y señaló que durante la noche y fines de semana sólo permanecen enfermeros en el lugar.
Además, remarcó que los médicos especialistas permanecen únicamente “localizables telefónicamente” y advirtió sobre el riesgo de nuevas emergencias cardiovasculares dentro del penal.
Otro aspecto señalado en el fallo fue la falta de determinados medicamentos anticoagulantes y las dificultades del SPF para responder rápidamente ante cuadros críticos.
Los argumentos de Casación
La resolución también citó informes médicos aportados por la defensa que calificaron a De Vido como un paciente de “alto riesgo cardiovascular”.
Los peritos indicaron además que el sistema penitenciario “no está en capacidad de atender” posibles descompensaciones agudas y mencionaron demoras graves durante el episodio sufrido en abril.
Finalmente, Casación entendió que correspondía aplicar el principio de humanidad de las penas y conceder el arresto domiciliario bajo las condiciones que determine el Tribunal Oral Federal N°4.

