Había sido sentenciado a 7 años de prisión
La Corte santafesina confirmó la absolución de un joven condenado por abuso sexual en Maggiolo
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El fallo se basó en que el imputado no comprendía la criminalidad de sus actos debido a su condición mental.
El máximo tribunal santafesino resolvió el 26 de marzo de 2026 rechazar la queja presentada por el Ministerio Público de la Acusación (MPA), que buscaba revertir la absolución dictada en segunda instancia.
De esta manera, la Corte de la Provincia de Santa Fe dejó firme la decisión adoptada el 2 de julio de 2025 por la Cámara de Apelaciones de Venado Tuerto, que había revocado la condena de siete años de prisión por abuso sexual impuesta en primera instancia. Solo quedaría abierta la posibilidad de un recurso extraordinario federal.
El eje del fallo: la inimputabilidad
El punto central del caso radica en la capacidad del imputado, Jesús Stabile, para comprender la criminalidad de sus actos.
La Cámara había determinado, en base a informes de la Junta Especial de Salud Mental, que el joven presenta una discapacidad con una edad mental estimada entre 7 y 9 años, lo que le impediría entender plenamente el carácter delictivo del hecho.
La Corte consideró que esa conclusión estuvo debidamente fundada en la prueba producida, incluyendo evaluaciones interdisciplinarias, testimonios y antecedentes personales, descartando arbitrariedad en el fallo.
Los argumentos de la Fiscalía
El MPA cuestionó la resolución de Cámara al sostener que:
- La discapacidad del imputado era leve y no impedía comprender normas básicas.
- Se había dado excesivo valor a los informes de salud mental.
- No se garantizó adecuadamente la tutela judicial de la víctima, también en situación de vulnerabilidad.
Sin embargo, el máximo tribunal entendió que estos planteos reflejaban una discrepancia con la valoración probatoria y no configuraban una violación constitucional que habilitara su intervención.
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La postura de la Corte
En su resolución, la Corte sostuvo que:
- La Cámara realizó un análisis razonado de las pruebas.
- No se verificó arbitrariedad en la decisión.
- Se respetaron tanto los derechos de la víctima como las garantías del imputado, incluyendo la presunción de inocencia.
Además, dejó abierta la posibilidad de que se evalúen medidas de seguridad u otras intervenciones en ámbitos civiles.
Cómo se originó la causa
El hecho ocurrió el 3 de febrero de 2021 en Maggiolo, cuando el acusado fue denunciado por abusar sexualmente de una familiar en su domicilio.
En febrero de 2025, el Tribunal de Venado Tuerto lo condenó a siete años de prisión. Sin embargo, esa sentencia fue revertida meses después por la Cámara, que determinó su inimputabilidad.

