Juicio abreviado
Laguna Paiva: condenaron al hombre que mantuvo cautiva a su ex pareja
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“Necesito ayuda, sin celular, golpeada, auxilio”, decía la nota que la víctima hizo llegar a la comisaría.
Por Juliano Salierno
Un hombre de 57 años, detenido el miércoles pasado en la ciudad de Laguna Paiva por un grave episodio de violencia de género, resultó condenado este martes en los tribunales de Santa Fe.
La jueza en lo Penal, Susana Luna, impuso pena de 3 años de prisión de cumplimiento efectivo para Guillermo Alberto Ríos, por dos hechos violentos cometidos entre el lunes 11 y el miércoles 13 de agosto, en una vivienda del barrio Dupont, que compartía con su expareja y los hijos de ésta.
La sentencia se produjo a instancias de un juicio abreviado, impulsado por los fiscales del Ministerio Público de la Acusación (MPA), Rosana Peresin y Manuel Cecchini; y que contó con la conformidad del imputado Ríos y la abogada del Servicio Público de la Defensa, Sonia Bustos.
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Golpes, amenazas y encierro
La fiscalía le atribuyó a Ríos haber agredido a la mujer con golpes de puño, la tarde del 11 de agosto, en el interior de la vivienda que compartían, a pesar de que la relación estaba terminada. Y para evitar que lo denunciara, la amenazó con matarla o hacerle daño al hijo de 6 años que tienen en común.
No conforme con eso, la mantuvo retenida contra su voluntad, encerrada en la casa, y sin su teléfono celular, el cual rompió al advertir que ella se estaba mensajeando con otra persona.
El cautiverio se extendió hasta la mañana del miércoles 13 de agosto, cuando uno de los hijos adolescentes de la mujer hizo llegar a la policía una nota escrita de puño y letra que decía: “Necesito ayuda, sin celular, golpeada, auxilio”.
Violencia de género
El escrito entregado al personal de guardia de la Comisaría 13º en horas de la mañana, aportaba el nombre de la mujer y daba los datos de la vivienda en la que se encontraba encerrada.
Minutos después, la mujer recuperó la libertad y por contrapartida, el agresor fue detenido y puesto a disposición de la justicia penal.
Los hechos, cometidos en un contexto de violencia de género, fueron calificados como “lesiones leves dolosas agravadas por el vínculo” y “amenazas simples” el primero; y “privación ilegítima de la libertad agravada por ser cometida con uso de la violencia”, el segundo.
Así lo informó la fiscal Peresin en la audiencia de juicio abreviado, realizada este martes en la Sala 4 del subsuelo de los tribunales de Santa Fe. La representante del MPA destacó el “total sentimiento de libertad e impunidad, sin temor a reproche” con el que se condujo Ríos al cometer los hechos por los cuales la jueza Luna terminó por condenarlo a 3 años de prisión.