Melincué: condenaron a 14 años de prisión a un hombre por abusar sexualmente de su hijo
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El tribunal dio a conocer el veredicto este jueves. La acusación estuvo a cargo del fiscal Julián Cochero, quien había solicitado una pena de 16 años.
El juicio oral desarrollado en los tribunales de Melincué contra L. A. V. concluyó este jueves con una condena a 14 años de prisión de cumplimiento efectivo por hechos de abuso sexual cometidos contra su hijo cuando era menor de edad.
La resolución fue conocida luego del debate en el que intervino el fiscal Julián Cochero, de la Unidad Fiscal del Distrito Judicial N° 8, quien sostuvo la acusación durante el proceso y en sus alegatos había solicitado una pena de 16 años de prisión efectiva.
La condena
El tribunal declaró a L. A. V. autor penalmente responsable del delito de abuso sexual con acceso carnal agravado por el vínculo, por ser ascendiente de la víctima, y por el aprovechamiento de la convivencia preexistente con el menor de 18 años, reiterado en una cantidad indeterminada de oportunidades.
A partir de esa calificación, los jueces fijaron una pena de 14 años de prisión de ejecución efectiva, además de las accesorias legales y las costas correspondientes.
El fallo también establece que, oportunamente, se deberá proceder al encarcelamiento ordinario del condenado en una unidad penitenciaria provincial, donde quedará a disposición del Colegio de Jueces correspondiente y deberá recibir el tratamiento progresivo de resocialización previsto por la normativa vigente.
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La acusación sostenida por Cochero
Durante el juicio, el fiscal Julián Cochero sostuvo que los abusos comenzaron cuando la víctima era menor de edad y convivía con sus padres en Rosario. Según la teoría del caso presentada por la Fiscalía, el acusado aprovechaba los momentos en los que quedaba a solas con su hijo para someterlo sexualmente.
La acusación planteó que posteriormente la familia se trasladó a Bombal y que los episodios denunciados continuaron durante un período prolongado. Sobre esa base, Cochero llevó el caso a juicio y reclamó una condena de 16 años de prisión efectiva.
Al fundamentar su pedido, el representante del Ministerio Público de la Acusación tuvo en cuenta el vínculo existente entre el acusado y la víctima, la reiteración de las conductas y las consecuencias psicológicas atribuidas a los hechos.
Parte de los hechos fueron declarados prescriptos
El tribunal hizo lugar parcialmente a un planteo de la defensa y declaró prescriptos los hechos de abuso sexual con acceso carnal agravado atribuidos entre los años 2005 y 2007. Como consecuencia de esa decisión, dispuso el sobreseimiento de L. A. V. respecto de esos episodios.
También fue declarado prescripto el hecho atribuido como amenazas agravadas. Se trataba de un episodio que la Fiscalía había situado en febrero de 2019 en Bombal, cuando, de acuerdo con la acusación, la víctima manifestó que revelaría los abusos sufridos.
Estas decisiones no alcanzaron a los restantes hechos que llegaron al debate y por los cuales finalmente se estableció la responsabilidad penal del acusado.
El cierre del proceso en Melincué
Además de la pena de prisión, la sentencia dispone que, una vez firme, se realicen los exámenes destinados a obtener la identificación genética del condenado y su posterior inscripción en el registro correspondiente.
El tribunal también ordenó comunicar distintas medidas derivadas de la sentencia a los registros correspondientes y dispuso expresamente que la resolución sea notificada a la víctima.

