Boletín oficial
Nuevo régimen del Estado centraliza bienes incautados en el Ministerio de Justicia
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El Poder Ejecutivo dispuso que el Ministerio de Justicia asuma la administración de todos los bienes cautelados y decomisados en causas penales y procesos de extinción de dominio.
A través del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 575/2025 se estableció un nuevo “Régimen de Conservación, Administración y Disposición de los Bienes Provenientes de Actividad Ilícita”.
La medida centraliza la gestión de bienes incautados y recuperados en causas judiciales nacionales y federales, así como en procesos de extinción de dominio, bajo la órbita del Ministerio de Justicia.
El propósito oficial es ordenar un sistema fragmentado, evitar el deterioro de los bienes y asegurar que su valor se reinvierta en políticas públicas vinculadas a la seguridad, la justicia y la asistencia a víctimas.
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Centralización y transparencia
El nuevo régimen, publicado este miércoles en el Boletín Oficial, transfiere al Ministerio de Justicia la administración y conservación de bienes provenientes de actividades ilícitas que hayan sido incautados por orden judicial o recuperados en procesos penales.
Hasta ahora, esta tarea estaba dispersa entre distintos organismos, lo que —según el decreto— generaba “falta de trazabilidad, pérdidas de valor y desaprovechamiento de activos con alto potencial económico”.

La Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE) continuará a cargo de la venta o concesión para explotación comercial de estos bienes, pero será el Ministerio de Justicia quien los administre y custodie hasta su disposición final.
El texto también crea el Consejo de Bienes Recuperados en Favor del Estado Nacional, un órgano colegiado que funcionará dentro del Ministerio de Justicia para coordinar con otros organismos, supervisar el uso de los recursos y garantizar la transparencia.
Además, se implementará un inventario público y actualizado que permitirá conocer el estado y destino de cada bien, con trazabilidad desde su incautación hasta su venta o reasignación.
Destino de los fondos
Uno de los puntos centrales del decreto es el uso que se dará al dinero obtenido por la venta de los bienes. El régimen establece una escala de distribución que prioriza la reparación de las víctimas y el fortalecimiento de las instituciones del sistema de justicia y seguridad.
Entre los organismos que recibirán fondos se encuentran el Poder Judicial de la Nación, el Ministerio Público Fiscal, el Ministerio Público de la Defensa, las Fuerzas de Seguridad, la Unidad de Información Financiera (UIF) y la Secretaría de Políticas Integrales sobre Drogas (Sedronar).
La idea es que estos recursos permitan mejorar infraestructura, tecnología y capacidades operativas, especialmente en el marco del sistema acusatorio federal. Según el Gobierno, el esquema no incrementa el gasto público, sino que crea una fuente alternativa de financiamiento “transparente y controlada” a partir de bienes de origen ilícito.
El decreto también incorpora modificaciones a distintas leyes —como la de estupefacientes, el Código Aduanero y la ley contra la trata— para unificar el destino de los bienes decomisados, siempre respetando los fondos específicos previstos para ciertos delitos y programas.

Urgencia y contexto de la medida
El Poder Ejecutivo justificó la vía del DNU en la “magnitud, complejidad y expansión del crimen organizado” y en la necesidad de actuar de manera inmediata para evitar que los bienes se deterioren o pierdan valor.
En el texto se señala que mantener el esquema actual “tornaría ilusorio” el objetivo de reinvertir rápidamente los recursos en beneficio de la sociedad, especialmente frente al déficit fiscal y la crisis de infraestructura del sistema judicial federal.
También se menciona que en los últimos años se han incautado bienes de alto valor como resultado de avances contra la corrupción y el narcotráfico, y que un manejo más eficiente permitiría aliviar las finanzas públicas y reforzar la lucha contra el delito.
El decreto deroga normas previas que regulaban por separado la custodia y disposición de bienes incautados, y establece plazos concretos para que el Consejo de la Magistratura y la AABE entreguen al Ministerio de Justicia un relevamiento detallado de todos los bienes bajo su gestión que se encuentren alcanzados por el nuevo régimen.