Boletín Oficial
Prorrogan por un año las Declaraciones Juradas de Ventas al Exterior
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La medida del Ministerio de Economía, a través de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca, se da con la Resolución 184/2025.
El gobierno nacional extendió este miércoles el plazo para las Declaraciones Juradas de Ventas al Exterior (DJVE).
La medida del Ministerio de Economía, a través de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca establece una prórroga excepcional de 360 días para las declaraciones, vigentes desde este mismo 24 de septiembre de 2025.
Esta decisión se hizo pública mediante la Resolución 184/2025 presente en el Boletín Oficial de Nación y que cuenta con la firma de Sergio Iraeta, secretario de Agricultura, Ganadería y Pesca.
Rige de forma exclusiva para las Declaraciones Juradas de Ventas al Exterior registradas antes del 23 de septiembre de 2025, un día antes de la publicación de la resolución en cuestión.

“Otórgase una prórroga de manera automática y con carácter excepcional de la vigencia de las Declaraciones Juradas de Ventas al Exterior (DJVE) por el término de TRESCIENTOS SESENTA (360) días corridos, contados a partir de la fecha de vencimiento del período de embarque más la prórroga automática para las “DJVE-360” y contados a partir del vencimiento de los TREINTA (30) días de las “DJVE-30”, respecto de todas aquellas Declaraciones Juradas de Ventas al Exterior (DJVE) registradas con anterioridad a la entrada en vigencia del Decreto Nº 682 de fecha 22 de septiembre de 2025, y cuyo inicio de embarque opere con posterioridad al 23 de septiembre de 2025”, detalla el documento.
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Desde Nación se afirma que esta medida busca asegurar el flujo comercial y prevenir el desabastecimiento en el mercado interno, permitiendo a los exportadores informar una nueva fecha de inicio de embarque dentro de un plazo de 90 días.

“Establécese que para Declaraciones Juradas de Ventas al Exterior (DJVE) contempladas en el Artículo 1º de la presente medida, los exportadores tendrán hasta NOVENTA (90) días corridos a contar desde la publicación de la presente resolución, para informar a la SUBSECRETARÍA DE MERCADOS AGROALIMENTARIOS E INSERCIÓN INTERNACIONAL de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA una nueva fecha de inicio de embarque de dicho documento dentro del período comprendido por la prórroga automática”, lo indica de forma concreta el texto oficial.
La resolución se enmarca en el contexto del Decreto 682/2025, publicado el lunes con firmas de Javier Milei, Guillermo Francos y Luis Caputo, que fijó una alícuota del 0% en derechos de exportación para ciertos productos agrícolas.