Boletin oficial
Qué cambios introdujeron en el régimen de trabajo para empleadas domésticas

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero estableció cambios en el régimen laboral del personal de casas particulares. Se amplían las formas de pago para los empleadores, se incorpora una actualización automática del registro y se busca mejorar la gestión de datos.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) introdujo herramientas para simplificar trámites, ampliar medios de pago y actualizar los registros de manera automática cuando se detecten errores o inconsistencias.
Los empleadores deberán prestar atención a estas modificaciones, ya que impactan directamente en las obligaciones mensuales y en la regularidad de la relación laboral.
Cambios
El nuevo marco regulatorio fue establecido a través de la Resolución General 5723/2025, publicada el 14 de julio en el Boletín Oficial. Este cambio modifica resoluciones anteriores que regulaban el trabajo en casas particulares y busca adaptarse a las necesidades actuales del sistema de seguridad social.
Uno de los puntos centrales es la incorporación de una actualización de oficio del Registro Especial del Personal de Casas Particulares. Esto significa que, si se detectan datos desactualizados o incorrectos en los registros —ya sea por información del propio empleador o de otros organismos públicos—, la Agencia podrá corregirlos automáticamente.

Estas actualizaciones no reemplazan la obligación de los empleadores de registrar en tiempo y forma los datos correspondientes, pero sí permiten corregir errores para garantizar que el trabajador tenga acceso a la cobertura de salud, jubilación y otros beneficios del sistema.
Según la resolución, cualquier modificación que realice la Agencia será informada al empleador por medio de su Domicilio Fiscal Electrónico, o por otro canal que se considere apropiado.
Otro cambio importante tiene que ver con las formas de pago que podrán utilizar los empleadores para cumplir con las obligaciones mensuales de aportes y contribuciones a la seguridad social del personal doméstico.
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Hasta ahora, el sistema aceptaba medios tradicionales como depósitos bancarios o transferencias. Con la nueva normativa, se agregan opciones como:
Tarjeta de crédito, con posibilidad de adhesión al débito automático.
Débito en cuenta a través de cajeros automáticos.
Débito directo desde cuenta bancaria (con registro previo de CBU en el sistema).
Plataformas de pago electrónico o digitales.
Homebanking.
Billeteras virtuales.
Códigos QR.

Cualquier otro medio de pago electrónico regulado por el Banco Central e implementado por la Agencia.
Estas nuevas modalidades buscan facilitar el cumplimiento por parte de los empleadores, especialmente en un contexto de bancarización creciente y uso extendido de herramientas digitales.
Para poder usar el débito directo en cuenta bancaria, el empleador deberá ingresar al Registro Especial del Personal de Casas Particulares y verificar o actualizar los datos sobre el trabajador, las horas semanales y la CBU a utilizar. Esa cuenta deberá estar registrada a nombre del empleador.
Comprobantes válidos y vencimientos
La resolución también aclara cómo deben emitirse y conservarse los comprobantes de pago. Según el texto oficial, no se aceptarán pagos parciales y el sistema generará constancias diferenciadas para empleador y trabajador, que podrán descargarse desde la plataforma online de la Agencia.
Además, los volantes de pago tradicionales (formularios F. 102/RT, F. 575/RT y F. 1350) ya no serán considerados comprobantes válidos. En su lugar, se tomará como constancia el resumen bancario, el recibo emitido por la entidad o los comprobantes digitales generados por el sistema.
Las modificaciones realizadas hasta el último día de cada mes tendrán efecto en el mes siguiente, excepto cuando se utilicen medios de pago inmediatos como homebanking, QR o tarjetas, en cuyo caso los cambios se reflejarán de forma instantánea.