Rechazan la prisión preventiva para el responsable del incendio que arrasó con la planta de residuos
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El juez Adrián Fabio Godoy había impuesto una pena de cuatro años de cárcel por incendio con peligro común para los bienes, en concurso ideal con daño. Como la sentencia aún no está firme, este jueves rechazó el pedido de prisión preventiva y mantuvo al condenado en libertad bajo estrictas condiciones.
La Justicia de Venado Tuerto resolvió este jueves mantener en libertad a C.A.N., quien fue condenado a cuatro años de prisión de cumplimiento efectivo, aunque la sentencia todavía no se encuentra firme.
El veredicto fue dado a conocer por el juez Adrián Fabio Godoy, quien impuso la pena luego del juicio seguido contra el acusado. Durante el debate, la Fiscalía, representada por Iván Raposo y Larisa Barucca, había solicitado seis años de prisión por el delito de incendio con peligro común para los bienes, cometido con dolo eventual, en concurso ideal con daño.
Sin embargo, el magistrado fijó finalmente una pena de cuatro años de prisión efectiva. Al no estar firme la condena, este jueves se realizó una nueva audiencia para resolver el pedido de prisión preventiva formulado por el Ministerio Público de la Acusación.
La audiencia comenzó a media mañana en la Oficina de Gestión Judicial de Venado Tuerto. Por el MPA intervino el fiscal Iván Gastón Raposo, mientras que la defensa privada de C.A.N. estuvo a cargo de Arsenio Domínguez y Rodrigo Boyeras. Como representantes de la querella participaron Mariano De Mattia y Franco Tamburini.
La Fiscalía pidió la prisión preventiva
Durante la audiencia, Raposo solicitó que se dispusiera la prisión preventiva ordinaria de C.A.N., planteo al que adhirió la querella. La defensa se opuso y pidió que continuara en libertad bajo distintas reglas de conducta.
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Entre las medidas propuestas por los abogados defensores figuraban la presentación periódica ante el MPA, la prohibición de poseer o portar armas, una caución patrimonial de $200 millones, la colocación de una tobillera electrónica y el compromiso de someterse al proceso penal.
Finalmente, Godoy resolvió no hacer lugar a la prisión preventiva solicitada por el Ministerio Público de la Acusación y mantener el actual estado de libertad de C.A.N., aunque sujeto a una serie de restricciones hasta que la sentencia quede firme.
No podrá salir del país
Entre las condiciones fijadas se encuentra la prohibición de salir de la Argentina y la obligación de entregar el pasaporte ante la Oficina de Gestión Judicial. La propia resolución se refiere a C.A.N. como “condenado”, aunque aclara que las medidas se mantendrán hasta la firmeza del fallo.
La decisión también alcanza a dos aeronaves individualizadas en el expediente, un Air Tractor AT-401B y un Cessna A-A-188B. La Justicia dispuso comunicar a la Administración Nacional de Aviación Civil Argentina y a FEARCA que ambas tienen prohibido salir del espacio aéreo argentino, cualquiera sea su piloto o las personas transportadas.
Caución de $400 millones y controles semanales
Además, C.A.N. deberá ampliar a $400 millones la caución real constituida sobre un inmueble que ya había sido gravado durante la investigación penal preparatoria. El cumplimiento de esa medida deberá acreditarse dentro de los siete días hábiles.
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También tendrá que presentarse el primer día hábil de cada semana ante el MPA, en San Martín 650 de Venado Tuerto, para acreditar su situación laboral y arraigo. A su vez, no podrá modificar su domicilio sin comunicarlo previamente al Ministerio Público de la Acusación.
Todas estas condiciones permanecerán vigentes hasta que quede firme el fallo condenatorio. De esta manera, C.A.N. continuará en libertad mientras se desarrolla la etapa posterior a la sentencia, pese a haber recibido una pena de cuatro años de prisión de cumplimiento efectivo.

