Boletín Oficial
Recorte en Justicia: seis áreas degradadas, incluyendo Derechos Humanos

El Decreto 347/2025 degrada además otras cinco áreas dentro de Justicia. Qué dice la Declaración Universal de los Derechos Humanos de la ONU.
El gobierno nacional definió este jueves la degradación de seis áreas dentro del Ministerio de Justicia y la Secretaría de Justicia de la Nación.
Fue a través del Decreto 347/2025 publicado este 22 de mayo en el Boletín Oficial y que cuenta con las rúbricas del presidente de la Nación, Javier Milei, y el ministro de Justicia Mariano Cúneo Libarona.
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En el mismo se degrada la categoría, principalmente, de la Secretaría de Derechos Humanos, que pasa a ser subsecretaría.
Hay otros cinco espacios que tienen nueva denominación: Unidad de Gabinete de Asesores y Subsecretaría de Gestión Administrativa, dentro del Ministerio de Justicia; y la Subsecretaría de Política Criminal, Subsecretaría de Acceso a la Justicia y Subsecretaría de Asuntos Registrales, dentro de la Secretaría de Justicia.

El decreto había sido adelantado por Manuel Adorni, vocero presidencial, quien argumentó la medida con "un ahorro de $9.000 millones anuales" debido al recorte del 40% en su estructura y 30% en su personal.

Adorni también describió el cambio como una posibilidad de garantizar todos los derechos humanos y no de defender un sector ideológico partidario", trazando la línea política dentro de la medida.
El documento de este jueves recuerda, dentro de sus argumentos, que el Archivo Nacional de la Memoria y el Museo de Sitio ESMA pasaron de ser organismos desconcentrados de la entonces Secretaría de Derechos Humanos a unidades organizativas que se incorporarán al Centro Internacional para la promoción de los Derechos Humanos (CIPDH).
Qué dice la Declaración Universal de los Derechos Humanos
proclamada por la Asamblea General de las Naciones Unidas (ONU) en París, el 10 de diciembre de 1948, la Declaración Universal de los Derechos Humanos es “ideal común para todos los pueblos y naciones”, según la ONU.
El primero de los 30 artículos expresa que “todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros”.
“Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición. Además, no se hará distinción alguna fundada en la condición política, jurídica o internacional del país o territorio de cuya jurisdicción dependa una persona, tanto si se trata de un país independiente, como de un territorio bajo administración fiduciaria, no autónomo o sometido a cualquier otra limitación de soberanía”, expresa el segundo artículo.
Siguiendo en la línea de las declaraciones de Adorni, el capítulo 27 indica: “1. Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso científico y en los beneficios que de él resulten”.