Retiros voluntarios en el Estado: el Gobierno oficializó el cronograma, requisitos y excepciones
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El Ministerio de Desregulación reglamentó el régimen abierto para empleados de la administración central y fijó el circuito para aceptar las desvinculaciones y pagar las compensaciones. La supresión no alcanzará a las Funciones Ejecutivas previstas en las estructuras estatales.
El Gobierno terminó de poner en marcha su nuevo esquema de retiros voluntarios en la administración pública y fijó una excepción relevante: los cargos que queden vacantes serán eliminados, salvo aquellos correspondientes a Funciones Ejecutivas que formen parte de la estructura del Estado.
La precisión aparece en la Resolución 43/2026 de la Secretaría de Transformación del Estado y Función Pública, publicada este jueves en el Boletín Oficial, que reglamentó el Decreto 1203 firmado una semana atrás y estableció el procedimiento que deberán atravesar los empleados interesados.
La norma original había dispuesto que las jurisdicciones debían eliminar los cargos presupuestarios de quienes accedieran al retiro desde el momento de su desvinculación. La reglamentación agrega ahora que esa decisión “no afectará la continuidad de aquellos cargos con Función Ejecutiva previstos en las estructuras”.
La diferencia es importante: lo que se preserva es el cargo ejecutivo, no necesariamente la persona que lo ocupa. Si un funcionario o agente alcanzado por el régimen deja el Estado, la función podrá mantenerse dentro del organigrama y ser cubierta posteriormente.
Un mes para anotarse
El régimen comprende al personal permanente de la Administración Pública Nacional centralizada y a trabajadores vinculados mediante contratos por tiempo indeterminado. El período de adhesión estará abierto del 1° al 30 de noviembre, aunque la autoridad de aplicación puede prorrogarlo una única vez por hasta 30 días.
No todos pueden ingresar. Quedaron expresamente excluidos, entre otros, integrantes de las Fuerzas Armadas, fuerzas de seguridad y policiales en las condiciones previstas por el decreto, personal de Inteligencia, Servicio Exterior, Sistema Federal de Manejo del Fuego, orquestas, coros y ballets nacionales, docentes y determinados agentes destinados en el exterior.
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La solicitud se realizará por el sistema GDE y deberá contar con la firma del agente y de su superior inmediato, con rango no inferior a director nacional o equivalente. Una vez enviada, podrá revocarse hasta cinco días corridos después del cierre de la inscripción; después será irrevocable.
Tres grupos y distintas compensaciones
El decreto dividió a los potenciales adherentes en tres grupos según edad, aportes y proximidad a la jubilación.
El primero reúne a mujeres desde los 58 años y hombres desde los 63 que todavía no tengan aportes suficientes para jubilarse. Podrán optar, entre otras alternativas, por cobrar hasta durante 36 meses una suma mensual equivalente al 60% de su remuneración bruta habitual, con continuidad de aportes previsionales y de obra social.
Un segundo grupo comprende a trabajadores próximos a cumplir la edad jubilatoria que ya tengan al menos 30 años de aportes; el tercero incluye a mujeres de hasta 57 años y hombres de hasta 62. Para estos casos se prevén gratificaciones calculadas a partir de la antigüedad, con topes y adicionales según cada situación.
La reglamentación fijó el 31 de diciembre de 2026 como fecha de corte para calcular la remuneración base y excluyó conceptos no remunerativos, viáticos, guardería, ayuda escolar, pagos extraordinarios y aguinaldo.
La solicitud no garantiza la salida
La adhesión tampoco genera un derecho automático al retiro. Recursos Humanos deberá revisar antecedentes penales, sumarios pendientes, antigüedad y disponibilidad presupuestaria antes de elevar cada caso a las autoridades competentes. El decreto autoriza además al jefe de Gabinete, ministros y secretarios presidenciales a rechazar solicitudes cuando consideren necesario conservar al trabajador para garantizar “la continuidad, regularidad y eficacia” del servicio.
Cada expediente pasará además por el servicio jurídico y por la Unidad de Auditoría Interna antes del pago. Las compensaciones de hasta $20 millones se abonarán de una vez; por encima de ese monto podrán dividirse en hasta tres cuotas mensuales.
Quienes finalmente salgan tampoco podrán regresar inmediatamente: el régimen establece una prohibición de reincorporación al Sector Público Nacional durante ocho años, incluso mediante contrataciones, asesorías o cargos superiores, con la excepción de la docencia universitaria.
Y allí aparece otra frontera del esquema. La reducción buscada por el Ejecutivo operará sobre la dotación y sobre las vacantes presupuestarias, pero la resolución dejó resguardado el esqueleto jerárquico: aun cuando quien ejerza una Función Ejecutiva decida irse, esa silla podrá seguir existiendo.

