Venado Tuerto
Rompió la perimetral, golpeó a su expareja frente a su hija y fue condenado
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El acusado, Marcos David Feltes (34), recibió una pena de un año y nueve meses de prisión condicional.
La Justicia de Venado Tuerto condenó a Marcos David Feltes, de 34 años, a un año y nueve meses de prisión condicional por haber violado reiteradamente una orden de restricción que lo alejaba de su expareja (L.M.), y por haberla agredido físicamente en su propio domicilio.
El fallo fue dictado mediante un procedimiento abreviado, solicitado por la fiscal Florencia Schiappa Pietra, del Ministerio Público de la Acusación, y la defensora pública Silvia Couselo, en representación del imputado.
Los hechos
Según se desprende de la investigación judicial, el primer episodio ocurrió el 24 de junio de 2025, cuando Feltes violó una orden de restricción emitida por el Juzgado de Familia de Venado Tuerto. Aquel día, el acusado se presentó en el domicilio de su expareja en calle Libertad. Al no encontrarla allí, se dirigió al colegio N° 1.262, donde asiste la hija menor de ambos, y esperó a la mujer para pedirle que lo desbloquee del teléfono con la intención de retomar la relación.
El segundo y más grave hecho ocurrió el 19 de julio de 2025. Feltes ingresó sin autorización al domicilio de L.M., en calle San Martín. Tras una discusión por su negativa a recomponer la pareja, la arrojó sobre la cama, se abalanzó sobre ella y le propinó un golpe de puño en el ojo izquierdo. La agresión le provocó una contusión con hematoma y derrame ocular.
Posteriormente, se dirigió a la cocina, donde se encontraba su hija de 11 años, para impedir que llamara a la policía. Luego de un nuevo forcejeo con su ex pareja, volvió a golpearla para evitar que escapara y pidiera ayuda.
Ambos episodios se produjeron en violación expresa de la orden judicial de prohibición de acercamiento, que establecía un radio de 200 metros respecto de la víctima por un período de 180 días.
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La condena y las condiciones impuestas
La Justicia resolvió condenar a Feltes a un año y nueve meses de prisión condicional, es decir, no efectiva, bajo el cumplimiento estricto de siete pautas de conducta durante tres años:
- Fijar y mantener residencia en Falucho de Venado Tuerto, notificando cualquier cambio.
- Someterse al control de la Dirección Provincial de Asistencia y Control Post Penitenciario.
- Abstenerse de consumir estupefacientes o abusar del alcohol.
- Prohibición total de contacto y acercamiento con su expareja, sus hijos y entorno familiar.
- Prohibición de portar armas de fuego y armas blancas.
- Mantener buena conducta y no cometer nuevos delitos.
- Asistir a consulta psicológica para determinar necesidad de tratamiento, lo que deberá acreditarse con certificados.