Suspenden plazos para apelar ante la Corte Suprema nacional el fallo previsional
:format(webp):quality(60)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2026/08/tribunales_santa_fe.webp)
El tiempo para acudir ante la Corte nacional comenzará a correr de nuevo cuando su homóloga provincial se pronuncie sobre la revocatoria interpuesta por el gobierno santafesino.
Por EmerioAgretti e Ivana Fux (ElLitoral)
La Provincia de Santa Fe contará con más tiempo para apelar ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación el fallo por el cual el Máximo Tribunal santafesino consideró inconstitucional la inamovilidad del tope jubilatorio.
Contra ese fallo, denominado “Ramón”, el gobierno provincial presentó un recurso de revocatoria in extremis (para que sea el propio tribunal santafesino el que lo deje sin efecto) y otro de “aclaratoria” sobre sus efectos.
Mientras tanto, comenzaban a correr los plazos para acudir ante la Corte nacional con un recurso extraordinario federal. Por ello la Provincia pidió que esos términos queden suspendidos, hasta que la Corte provincial se pronuncie sobre los otros recursos. Esa petición fue acogida, a través de una resolución de la presidencia, firmada por Rafael Gutiérrez.
Puede interesarte
Los planteos pendientes
Mientras trabaja en la redacción del recurso de apelación que tiene previsto presentar ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, la provincia elevó dos planteos ante el máximo tribunal provincial que objetan aspectos del reciente fallo del organismo sobre la Ley de Emergencia Previsional.
Como se sabe, la resolución declaró inconstitucional el tope establecido para fijar los haberes máximos en la provincia, y derivó al fuero contencioso administrativo el reclamo que objetaba la legalidad del aporte solidario tanto de activos como de pasivos.
La votación para ambos fallos fue dividida y ése es, justamente, uno de los puntos que recoge y observa la provincia en un "planteo de revocatoria" presentado ante la Corte provincial.
Según pudo saber El Litoral, el gobierno advierte sobre la presunta "nulidad" del fallo a partir de la "carencia de coincidencia suficiente" entre los votos. Como se dijo, la votación fue dividida: tres a tres, tanto en el caso del amparo de la docente como en el caso del ex magistrado, que cuestionaba los topes.
En ambas votaciones fue Roberto Falistocco quien desempató: en el caso de los topes, favoreciendo la declaración de inconstitucionalidad; y en el del aporte solidario, sugiriendo su pase al fuero contencioso. La provincia cuestiona esa suerte de "voto pivot", que priva a la resolución de "un núcleo duro en el decisorio".
En paralelo, la provincia presentó un pedido de aclaratoria ante la Corte puesto que el fallo que alude al "tope jubilatorio" (fallo Ramón) no incluye de manera explícita y deliberada dicho concepto en ninguno de sus tramos de la fase resolutiva. Sí lo hace en los considerandos.
Puede interesarte
Esa elipsis, según la provincia, suma ambigüedad al fallo. Es más, el propio abogado patrocinante del amparista favorecido requirió en un pedido de aclaratoria, que se especifique la resolución.
Según pudo saber El Litoral, los fundamentos planteados en ambas presentaciones serán parte de la línea argumental para el recurso de apelación que Santa Fe formalizará ante la Corte de la Nación en los próximos días, una vez que vuelvan a correr los plazos procesales. Allí, defenderá la "legalidad y constitucionalidad" tanto del tope como del aporte solidario.

