Elecciones 2025
Tras la renuncia de Espert, la justicia electoral definió que Karen Reichardt encabezará la lista y no Santilli
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Un dictamen judicial reordenó el tablero electoral en Buenos Aires. La fiscal federal con competencia electoral sostuvo que, por aplicación de la ley de paridad de género, corresponde que una mujer lidere la lista de candidatos de La Libertad Avanza.
En un nuevo giro dentro de la estrategia electoral del Gobierno, la fiscal federal con competencia electoral en la provincia de Buenos Aires, Laura Roteta, dictaminó que Karen Reichardt debe encabezar la lista de candidatos a diputados nacionales de La Libertad Avanza, desplazando así a Diego Santilli.
La decisión llega tras la renuncia de José Luis Espert, quien ocupaba el primer lugar de la nómina, y pone en jaque la presentación realizada por el oficialismo, que había solicitado que Santilli, tercero en el orden original, ascendiera a la cabeza.
El dictamen de Roteta, aunque no vinculante, representa un fuerte revés político para el armado electoral del Gobierno. Ahora, el juez federal Alejo Ramos Padilla deberá resolver el planteo.
Santilli quedaría relegado al segundo lugar tras la renuncia de Espert y el dictamen de la fiscal.
Choque de interpretaciones
La controversia gira en torno a la aplicación de la ley de paridad de género ante una vacante por renuncia.
Desde La Libertad Avanza, los apoderados sostuvieron que el decreto 171/2019 establece que, en caso de renuncia, el reemplazo debe ser “la persona del mismo género que le sigue en la lista”. Como Espert es varón, plantearon que su lugar debía ser ocupado por el siguiente hombre, es decir, Santilli.
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Pero la fiscal Roteta interpretó que esa lectura resulta contraria al espíritu de la norma. En su dictamen, argumentó que la paridad de género constituye una “acción afirmativa” destinada a revertir desigualdades históricas y que no puede ser utilizada para restringir derechos de las mujeres.
“El principio de paridad tiene un objetivo reparador y estructural —señaló Roteta—. Aplicar una interpretación literal del decreto llevaría a un resultado regresivo, en el que una mujer es desplazada por un hombre, contrariando el fin de la ley”.
Para la fiscal, la única opción compatible con la igualdad sustantiva es que Reichardt, quien figuraba en segundo lugar, ascienda al primer puesto.
La renuncia de Espert reconfiguró la lista bonaerense y abrió una pulseada legal.
Un antecedente con peso en la Corte Suprema
El dictamen de la fiscal Roteta se apoya en jurisprudencia previa. El caso más recordado es el de la senadora Lucila Crexell, cuando la Justicia Electoral —con fallo ratificado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación— resolvió que debía encabezar la lista tras el fallecimiento del primer candidato varón.
En aquel fallo, los jueces advirtieron que aplicar estrictamente el reemplazo por género implicaba una “hipótesis irrazonable” y contrariaba el propósito final de la ley: garantizar la representación de las mujeres en los espacios de decisión.
De ese modo, la interpretación de Roteta no solo se sostiene en la letra de la ley, sino también en precedentes judiciales que priorizan el espíritu reparador de la norma sobre las lecturas literales.
Aunque el dictamen no tiene efecto vinculante, representa un argumento de peso que el juez Ramos Padilla deberá evaluar antes de emitir su resolución. Lo que defina podrá ser apelado ante la Cámara Nacional Electoral, máxima autoridad en la materia.
En los despachos oficiales, el dictamen generó sorpresa y preocupación. La decisión de la fiscal altera el orden interno del espacio oficialista en Buenos Aires, donde el nombre de Santilli había sido promovido como figura de consenso tras la salida de Espert.
Mientras tanto, desde sectores del feminismo político y organizaciones de mujeres celebraron el planteo de Roteta. “Es un paso más en la defensa de la paridad real en la política argentina”, señalaron.
La resolución definitiva, que podría conocerse en los próximos días, marcará no solo el destino inmediato de la lista oficialista, sino también un nuevo precedente sobre cómo se aplican las leyes de igualdad de género en los procesos electorales.