La condena es de ejecución condicional
Villa Cañás: tres años de prisión por amenazas y violentos ataques a mujeres
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Se trata de Mauro Nicolás Gallego, de 32 años. La pena fue pactada en un procedimiento abreviado.
Un joven de Villa Cañás fue condenado a tres años de prisión de cumplimiento condicional en el marco de un procedimiento abreviado, luego de aceptar su responsabilidad en una serie de hechos vinculados con amenazas, lesiones, daños, violación de domicilio, desobediencia a la autoridad y violencia de género.
Se trata de Mauro Nicolás Gallego, de 32 años, oriundo de Venado Tuerto y domiciliado en Villa Cañás. La pena fue acordada entre la fiscal del Ministerio Público de la Acusación, Débora Valentín, la defensora pública Antonela Dalzotto y el propio acusado.
Al no registrar antecedentes penales, la sanción fue fijada bajo la modalidad condicional. Esto significa que no será alojado en una unidad penitenciaria, aunque deberá cumplir durante tres años una serie de reglas de conducta. En caso de incumplirlas, su situación judicial podría agravarse.
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Episodios de violencia
La investigación reunió distintos hechos ocurridos en Villa Cañás. Según el expediente, el primero de los episodios se registró el 9 de noviembre de 2024, cuando el acusado pasó en moto frente al domicilio de una ex pareja y la amenazó a los gritos, junto a su actual pareja y sus hijos.
Otro de los hechos atribuidos ocurrió el 21 de noviembre de 2025, en una vivienda ubicada en la zona de calles 49 y 62. Allí, de acuerdo con la acusación fiscal, Gallego agredió físicamente a otra ex pareja cuando la mujer intentaba retirarse del lugar junto a una bebé.
La víctima sufrió golpes en las costillas, en el rostro y otras lesiones consideradas leves. La fiscalía sostuvo que el ataque se dio en un contexto de violencia de género y que el acusado llegó a impedirle salir de la vivienda.
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Desobediencia
El expediente también incluyó episodios posteriores en los que el acusado habría incumplido medidas dispuestas por el Juzgado Comunitario de las Pequeñas Causas de Villa Cañás.
Una de esas situaciones ocurrió el 6 de diciembre de 2025, cuando el hombre se acercó a su ex pareja en una plaza de la ciudad, pese a tener vigente una prohibición de contacto violento u hostil. Según la acusación, la insultó, la tomó del brazo y le escupió el rostro.
Ese mismo día, durante la madrugada, también se le atribuyó haber roto el vidrio de una ventana trasera de la vivienda de la mujer. Para la fiscalía, esa conducta constituyó un nuevo incumplimiento de las restricciones judiciales vigentes.
Días después, el 20 de diciembre de 2025, Gallego volvió a ser señalado por ingresar sin autorización al domicilio de la misma ex pareja. Según el expediente, entró en estado violento y agresivo mientras buscaba a la mujer por distintos ambientes de la casa.
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Agresiones a familiares
La causa sumó además un grave episodio ocurrido el 7 de febrero de 2026, alrededor de la medianoche, en una vivienda de calle 46 Bis al 600 de Villa Cañás.
De acuerdo con la acusación, el joven ingresó violentamente a la casa donde se encontraban su madre, la pareja de ella y otros familiares. Allí provocó daños, amenazó de muerte a los presentes y agredió físicamente a varias personas.
Como consecuencia de ese ataque, dos víctimas sufrieron lesiones leves y una tercera resultó con lesiones graves. La fiscalía también le atribuyó haber exhibido un cuchillo en la vía pública en actitud intimidatoria.
Esa misma madrugada, cerca de la 1.30, el acusado fue vinculado con otro hecho de violación de domicilio y daños, tras ingresar sin autorización a una vivienda ubicada en la intersección de calles 49 y 62 bis, mediante la rotura de una puerta y vidrios de una ventana.
Calificación legal
Los hechos fueron encuadrados como amenazas simples y calificadas, lesiones leves dolosas, lesiones agravadas por el vínculo y por mediar violencia de género, lesiones graves dolosas agravadas por violencia de género, desobediencia a la autoridad, violación de domicilio y daños.
Para definir la pena, se valoraron como agravantes la reiteración de los hechos, el vínculo con algunas de las víctimas, el contexto de violencia de género y el daño causado al entorno familiar.
Como atenuante, se tuvo en cuenta que Gallego no registraba antecedentes penales.
Reglas de conducta
Durante tres años, el condenado deberá fijar domicilio en la localidad de Santa Isabel e informar cualquier cambio a la Fiscalía y a la Oficina de Gestión Judicial.
También deberá abstenerse de consumir estupefacientes o abusar de bebidas alcohólicas, mantener buena conducta, no cometer nuevos delitos.
Además, tendrá prohibido acercarse o contactar por cualquier medio a las víctimas mencionadas en el expediente. Tampoco podrá hostigarlas mediante llamadas, mensajes o redes sociales.
Otra de las obligaciones impuestas es la prohibición de portar o tener armas de cualquier tipo.

