Fue condenado a 15 años de prisión
Caso Sagrado Corazón: piden la libertad del “Hermano” Pedro
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Lo hizo su abogado, Arsenio Domínguez. La audiencia se realizará este miércoles en los tribunales venadenses.
En una audiencia que se llevará adelante en la mañana del miércoles en los tribunales venadenses, el abogado Arsenio Domínguez solicitará que recupere la libertad Pedro Ortiz y Hontoria, el ex Director del nivel primario del Colegio Sagrado Corazón, condenado a 15 años de prisión tras ser encontrado culpable de cuatro hechos de abuso sexual contra niñas que cursaban 6° y 7° grado.
En tanto, la fiscalía, representada por Florencia Schiappa Pietra, se opondrá a planteo, al igual que la abogada querellante, Ana María Regidor.
El religioso recibió una dura sentencia el 30 de julio de este año por parte de un tribunal integrado por Aldo Baravalle, Mariana Vidal y Mauricio Clavero. En esa misma jornada, en una audiencia cautelar, se definió la prisión preventiva, teniendo en cuenta principalmente el peligro de fuga, ante la falta de arraigo del hermano Pedro.
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El ex Director se retiró esposado de los tribunales, saliendo por calle Castelli. Luego fue trasladado a sede policial, y más tarde a la Alcaidía departamental de Melincué.
Arsenio Domínguez presentó una doble apelación: por un lado, a la condena, y por el otro, a la prisión preventiva.
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Será el Juez de Cámara, Juan Pablo Lavini Rosset, quien deberá resolver al respecto y determinar si le otorga la libertad al religioso o si aplica una morigeración, como puede ser la prisión domiciliaria.
Posición de la querella
Ana María Regidor, representante legal de una de las víctimas, marcó su oposición a que Ortiz y Hontoria recupere la libertad o acceda a la prisión domiciliaria.
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“Considero que debe continuar detenido por los argumentos que plantemos nosotros cuando pedimos la prisión preventiva y por lo que resolvió el tribunal con absoluta fundamentación. Entendemos que la tutela judicial efectiva de las víctimas, no puede estar garantiza con otra medida menos gravosa que la prisión efectiva”, precisó Regidor.
Es decir, “cuando se llega a un juicio y se logra una condena de semejante gravedad, como la que recayó en este juicio, se debe establecer la prisión preventiva, no solo por la gravedad de la condena, sino también por los peligros procesales que fueron acreditados, como la falta de arraigo", finalizó la abogada.